Declaración TE1: Declaración de instalación eléctrica interior

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Al declarar una instalación eléctrica interior ante la SEC deben presentar una carpeta con la siguiente documentación:

a) Formulario TE1 (3 copias)
b) Memoria explicativa (obligatoria para instalaciones con potencia igual o mayor a 20 kW)
c) Plano de la Instalación
d) Certificado de Proyecto de Vivienda Social, emitido por la Dirección de Obras del municipio correspondiente (sólo cuando se trate de viviendas sociales)
e) Permiso de Edificación Municipal (aplicable sólo para agentes declarantes como arquitectos y constructores civiles)
cables de alta tensión (hasta 66 kV)
f) Certificado de cumplimiento del D.S. N° 686/98 (sólo para las regiones II, III y IV)

A esta documentación se debe agregar la presentación de credenciales respecto a la capacidad técnica de quien presenta la declaración. En el caso de los instaladores electricistas, deberán mostrar su licencia vigente de Instalador Autorizado por la SEC. Si quien firma los formularios es un profesional (arquitecto o constructor civil), deberá presentar su cédula de identidad, copia de su título o certificado de título, así como patente profesional al día.

En el caso de las declaraciones provisorias, el trámite demorará un día hábil, es decir la aprobación se entregará al día hábil siguiente al de la entrega de la documentación. Para facilitar el proceso de declaración, la Superintendencia pone a disposición el siguiente Check List, en el cual el usuario puede apreciar los aspectos que son revisados por ésta antes de recepcionar un proyecto de este tipo, de manera de verificar previamente su cumplimiento.

En caso de dudas respecto al contenido solicitado en alguno de los puntos del formulario o del anexo, le recomendamos consultar el siguiente Manual.

Metodología de certificación.

Según la norma eléctrica y leyes estipuladas es necesario que toda instalación eléctrica sea ejecutada por instaladores eléctricos certificados y autorizados por la SEC, debidamente respaldado bajo la licencia emitida.

Para cada inscripción SEC la instalación deberá cumplir con la norma eléctrica establecida en todos sus aspectos de seguridad.

Inicialmente se realiza un levantamiento de todas las instalaciones, entregando un informe técnico actual de estas, adicionalmente se realizan mediciones de distinto tipo, las cuales se realizarán de acuerdo al tipo de instalación y su potencia, luego, si la instalación eléctrica cumple con todos los requisitos para ser inscrita, se procederá a realizar la planimetría actualizada y el ingreso al SEC, con el fin de que un inspector autorizado del SEC realice una última revisión.

Estando todo conforme, se procederá a la inscripción ante el SEC dentro de un plazo de revisión de 10 días hábiles.

Consideraciones en el valor del trabajo:
Tener en cuenta la plusvalía y el sector donde esté ubicada la propiedad. Ante todo, hay que ver si hay planos en autocad de arquitectura, de lo contrario realizar el levantamiento arquitectónico, luego realizar levantamiento eléctrico. Luego considerar qué potencia es la que tiene considerado el proyecto. No es lo mismo 15A que 40A.

Trifásico: Es muy similar, no se puede considerar una instalación de 40 kilos a más que una instalación de unos 6 kilos. Puesto que de 20 kilos arriba se necesita memoria y cálculos justificativos, lista de materiales etc. A eso se le agrega el informe de malla de tierra, con el correspondiente informe de los instrumentos de medidas que se usaron. Por lo tanto, cada proyecto es independiente uno de otro dependiendo de todo lo que le envíen, sube considerando todo tu trabajo en terreno, diseño y proyecto eléctrico.

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